Debate por Altos de la Estanzuela: Fue suspendida en 2018

en La Calera

La Secretaria de Ambiente y Cambio Climático convocó nuevamente a Audiencia Pública para estudio de impacto ambiental sobre el desarrollo inmobiliario “Loteo Altos de la Estanzuela”.


Es para el 24 de octubre a las 10 en Centro Vecinal Barrio Stoecklin sobre calle Las Heras 646, La Calera.

Ambientalistas y vecinos consideran que este desarrollo inmobiliario impactará en la Reserva Hídrica y Recreativa Natural Bamba, zona de bosque nativo.

Afectaría los barrios que se encuentran “abajo” en caso de lluvias, colindante a la Reserva para la Defensa de La Calera.

Denuncian desmonte en una zona considerada roja por la ley 9.814 de Ordenamiento Territorial de Bosque Nativo.

“Esta Audiencia ya la paramos en noviembre del año pasado, hoy la reflotan y con tu participación la vamos a parar de nuevo”, afirma la Coordinadora Ambiental y de Derechos Humanos de las Sierras Chicas.

Plazo de inscripción: Hasta las 10 del 22 de octubre en la Secretaría de Ambiente o por correo electrónico a [email protected].

Consultas: [email protected]

Polémica por el emprendimiento

En noviembre del año pasado por resolución Nº 554 de la Secretaria de Ambiente y Cambio Climático de la provincia se estableció la suspensión debido a que “el Sr. Pablo Giraudo en su carácter de Presidente de la firma proponente, solicita una prórroga y re­programación de la Audiencia Pública convocada, debido a la falta de in­fraestructura para albergar y desarrollar la misma en un marco adecuado”. La cantidad de inscriptos eran 56 según la orden del día.

Según se informó en el Estudio de Impacto Ambiental con fecha de febrero de 2016, la firma ejecutora es Altos de la Calera S.A. y el proyecto fue autorizado por el Concejo Deliberante mediante la ordenanza 88/2015, promulgada por el decreto 1321/01 del 2015.

El 2 de noviembre de 2018, Federico Kopta, presidente del Foro Ambiental Córdoba, presentó una denuncia ante el Director de la Policía Ambiental de la provincia por presunta intervención en bosque nativo Categoría Rojo. Allí se señala que “superponiendo el mapa del predio con el mapa de Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos que vectorizó la Secretaría de Ambiente en 2016, parte del loteo corresponde a Categoría Rojo”. En el EIA se menciona la existencia de calles internas y otras que se proyectan para el futuro.

Por ello se solicitó que se verifique la categorización del ordenamiento territorial del Bosque Nativo que corresponde al predio, como así también la legalidad de la intervención y que se informe sobre las actuaciones.
El 15 de noviembre, el Foro solicitó que se deje sin efecto el llamado a Audiencia Pública y días después instaron el rechazo al EIA exponiendo las modificaciones introducidas al proyecto original no eran suficientes para adecuarse a la ley.

Desde la desarrollista señalaban que “el terreno se encuentra circunscripto en área de emprendimientos urbanísticos en desarrollo, que cuentan con la totalidad de los servicios esenciales provistos, con Licencia Ambiental para el desarrollo de los mismos y con una presión antrópica de importancia en la zona”.

Resaltando que “la firma obtuvo mediante Resolución N° 412 de fecha 13 de julio de 2012, la Licencia Ambiental y aprobación por parte de la Secretaría de Ambiente, del Aviso de Proyecto “Loteo Terrazas de la Estanzuela – Primera Etapa”.

Siendo el presente loteo “Altos de la Estanzuela” la continuidad y culminación del Master Plan oportunamente aprobado tanto por la Municipalidad de La Calera mediante Ordenanza N° 232/05.

Por lo que “esto desde un aspecto estrictamente jurídico implica que la totalidad del predio ya cuenta con un cambio de uso de suelo previo a la sanción de la Ley N° 9814”.

Por su parte, Kopta denunció que “no resulta procedente considerar que el área en cuestión se encuentra disturbada ya con apertura de calles, como argumento para permitir el loteo en categoría rojo, ya que la intervención es posterior a la sanción de la ley 9814”.

Además, “la zona de bosque nativo con protección de cuenca en el predio, por lo tanto compatible con categoría rojo, resultaría mucho mayor” a la que fue informada por el área de bosques.

Concluyendo que “cualquiera sea el factor de ocupación del suelo y los condicionantes propuestos desde esa Secretaría para reducir el impacto en la vegetación, no hay forma de interpretar la ley 9.814 para permitir la realización de un barrio abierto en bosque nativo en Categoría Rojo”.

Por ello se solicitó el rechazo al EIA, “que se instruya al Área de Bosque Nativo un nuevo relevamiento del sector sudeste del predio” y “que sea rechazado cualquier loteo o fraccionamiento con fin residencial en OTBN Categoría rojo o amarillo”.

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